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Nuevos umbrales de radares de la DGT con tolerancia 7

 
Nuevos umbrales de radares de la DGT con tolerancia 7 La DGT unifica en todo el territorio el umbral de tolerancia de los radares. Se establecen unos nuevos límites de velocidad a los que se activa el radar basándose en la medida llamada “tolerancia 7”. Según la nueva tabla se podrá circular hasta 7km/h por encima de los límites establecidos y por encima de 110km/h hasta 10km/h, mirar la tabla que os ofrecemos para más detalles.
 
Independientemente de la zona geográfica por la que se circule los límites de velocidad establecidos en los radares van a ser los mismos, algo que no sucedía hasta ahora, que dependía del lugar por donde se circulase, además los nuevos límites se igualan o se asemejan a los que tienen establecidos en las diferentes comunidades autónomas donde la DGT no tiene las competencias y existía un umbral inferior. De este modo se evita la “discriminación geográfica”.
 
El umbral se ajusta a todos los radares, fijos y móviles, con la formula “Tolerancia 7”, umbral de tolerancia va a ser de 7km/h, si la velocidad del vehículo es inferior a 100 km/h y de 7% si la velocidad es superior a dicha velocidad. No se aplica a velocidades inferiores a 100 km/h el porcentaje, sino el número concreto porque a velocidades bajas es difícil percibir la velocidad concreta a la que se circula. Si se estableciera el 7% en una vía a la que se tuviera que circular a 30km/h, el radar actuaría a 33 km/h, velocidad difícil de percibir (30-33km/h) si el velocímetro del vehículo no es digital. En cambio, aplicando el umbral de tolerancia de 7km/h el radar actuaría a partir de los 38km/h, exceso más fácil de apreciar.
 
Nuevos umbrales de radares 2015 de la DGT con tolerancia 7